miércoles, 20 de agosto de 2014

Podemos bajar el precio de los medicamentos


Diputada Díaz Quintana
El encarecimiento de las medicinas y otros activos afines, es un hecho que ha guardado estrecha relación con el ascenso del tipo de cambio. Pero además, es un fenómeno ligado a la exclusividad que durante más de 40 años ha existido de manera velada en la Ley General de Salud vigente.
 
Al amparo de un requisito en apariencia inocuo, el denominado “registro sanitario”, ha sido utilizado para convertir al importador, como único sujeto que puede realizar la importación del producto registrado.
 
La existencia de un registro exclusivo, con propietario, y la lentitud en el trámite para la  autorización a importar, distribuir y vender medicamentos, es la que ha motivado nuestra propuesta de reforma a la Ley General de Salud, presentada por la fracción del Movimiento Libertario, bajo el expediente Nº 19274.
La ruta crítica  de las solicitudes de registro sanitario para los medicamentos, reactivos de laboratorio clínico, alimentos, suplementos a la dieta, equipo y material biomédico y productos naturales, no es expedita. Al contrario,  es un proceso lento, quizás “burocratizado”, con  requisitos innecesarios, que se realiza ante la Unidad de Registro Sanitario del Ministerio de Salud.
Este trámite engorroso,  saturado de requisitos, obliga a las personas que desean comercializar esos productos en el país, a vivir un calvario administrativo para obtener las autorizaciones de importación, inscripción, comercialización y expendio de los mismos.
Ha existido en dicha Unidad, un retraso en la automatización de los procesos, un cobro que encarece cada registro, un manejo antojadizo y subjetivo de los expedientes, así como la utilización de la policía fiscal como mecanismo intimidatorio, y  una creación de normativa en ocasiones de imposible acatamiento, con reglamentos sin verdadero respaldo técnico.
La Ley General de Salud, Ley Nº 5395, contempla  un clima regulatorio a la importación transparente y competitiva de estos productos, tanto “innovadores” como  “genéricos”, ha desarrollado “exclusividades” en las empresas autorizadas a importarlos, lo cual se traduce en precios altos por la ausencia de competencia en el mercado.
La creación de un “registro sanitario” nacional para medicamentos de uso universal, abierto, de eficiencia mundial comprobada, con evidente ausencia de efectos secundarios o colaterales dañinos en la experiencia científica de su uso a través del tiempo, hace innecesario establecer mayores requisitos y controles para ser utilizados en nuestro país.
En concordancia con la apertura económica que Costa Rica inició a partir de los años noventa, donde las fronteras comerciales y las barreras arancelarias tienden a desaparecer, hemos creído necesario facilitar el acceso a todos estos productos y medicamentos, y al mismo tiempo fortalecer las herramientas eficaces para mejorar los estándares sanitarios que la sociedad requiere, reformando algunos artículos de la Ley General de Salud vigente, y permitir, de esta forma, una comercialización menos entrabada, menos costosa y con mayor variedad de actores en el sistema, adquiriendo  los productos a precios más asequibles, beneficiando tanto a los consumidores asegurados de la Caja Costarricense de Seguro Social como a los consumidores no asegurados.
Un “registro sanitario” abierto, sin dueño, al alcance de cualquier importador, persona física y jurídica acreditada, permitirá conseguir los medicamentos en aquel país donde su precio sea más favorable. Esta actividad de realizar importaciones atendiendo a estudios internacionales de mercado, y ubicar así el sitio de menor precio se conoce como “importación paralela”.
No es posible que los costarricenses estemos a merced de precios altos establecidos por compañías importadoras que tienen la exclusividad, y que sea el mismo estado quien mediante artificios y falacias legales, llene las arcas a los oligopolios de importación, todo a costa de los bolsillos de los ciudadanos de este país.
La Caja del Seguro Social, también se verá beneficiada, pues a mayor número de oferentes en las licitaciones, mayor será la posibilidad de escoger precio y calidad en libre competencia. Sabemos también que las crisis periódicas de desabastecimiento de medicamentos que sufre la institución, están en relación directa con las exclusividades y los vencimientos de los registros sanitarios.
A partir de la aprobación de esta iniciativa de ley, la cual esperamos tendrá el apoyo unánime de todas las fracciones aquí representadas, gozaremos de un registro de medicamentos utilizable para cualquier importador, con un trámite de inscripción más rápido, mediante “certificaciones de libre venta” en países donde las “entidades de alta referencia”, según la Organización Mundial de la Salud  y la OPS, su sede regional para América Latina, así lo acrediten en su control de calidad y su consumo interno.

No hay comentarios:

Publicar un comentario